Este tiempo de atrás os dejaba por aquí un valioso documento de 1861 que daba cuenta de la hijuela de Ramón Jiménez por partición entre los hermanos de los bienes tras la muerte de su madre, Leona Pulido. Esta que os transcribo ahora pertenece también a ese Ramón, hijo de Rufino, cuando este se casa con María Salcedo en 1870 (se sumaría su valor a la anterior). La relación de bienes cedidos por su padre es de lo más interesante, siendo que el documento se firma en marzo de 1871. Pago de otorgo (o atorgo, como aquí se decía), soldada, ropas varias, productos y algún mueble completan esta lista que, como en toda hijuela, viene acompañada del valor de cada pieza; por supuesto, aún en reales y céntimos.
Huelga decir que también este me lo pasó María Olmo, a la que todos deberíamos rendirle un merecido agradecimiento. No tienen precio estos documentos de antaño.
Texto completo de la hijuela:
Hijuela que yo, Rufino Giménez, ¿formo? a mi hijo Ramón, de lo que aportó al matrimonio que contrajo con María Salcedo, en el año de mil ochocientos setenta y como sigue:
-Doscientos reales para el otorgo, los que entrego a la novia.
-Doscientos diez reales que tenía devengados de la soldada, antes de casarse, y los cobró, para el mismo.
-Una capa de berbina con aderezo.
-Una saya morada con cinta tendida.
-Una manta de berbina azul y negra.
-Dos mantas para cama de paño blanco.
-Un chaquetón de berbina.
-Una chaqueta de berbina.
-Una elástica de trama de colores.
-Unos pantalones de verano de hilo.
-Tres pares de pantalones de berbina.
-Un chaleco de terciopelo.
-Otro chaleco de seda.
-Otro chaleco.
-Otros dos chalecos de verano.
-Una faja con ramo de seda.
-Otra faja de estambre.
-Cuatro camisas para hombres.
-Tres pares de calzoncillos
-Un pañuelo de seda.
-Un par de botas.
-Otro par de botas usadas.
-Dos pares de escarpines.
-Tres arrobas de patatas.
-Cinco almudes de candeal, a 40 S. fª
-Una cuna de pino.
-Unas carretas para niño.
-Siete fanegas de cebolla de azafranar.
-Más otras diez fanegas de cebolla de azafranar.
Suma esta hijuela mil seiscientos cuarenta y seis reales como queda figurado; y siendo el valor de la hijuela materna a la división por muerte de su madre, Leona Pulido, el de dos mil ciento treinta y cinco reales, confrontadas ambas hijuelas, y entregado de las fincas rústicas y efectos que le pertenecían, resultó llevar de más trescientos noventa y ocho reales, los mismos que le serán contados en lo sucesivo como lo demás que percibiera, conformo acta interesado Ramón Giménez le dio por entregado a su voluntad, no lo firmó por no saber y sí un testigo a ruego, en Pedroñeras a 24 de marzo de 1871. Cayetano Solana.
ÁCS (transcriptor).
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